ENERGIA - El 1º de julio tendríamos que haber elegido compañia eléctrica, ¿Lo sabían ? ¿ Les han informado ?

Si, a un mes de la fecha todavía no se ha publicitado este cambio de regulación que a partir de ese día entrará en vigor. Así como el cambio de regulación en el sector del Gas se publicitó y las compañías se ofrecieron a los usuarios, a fecha de hoy  son pocos los consumidores que han recibido información de las futuras comercializadoras de la eléctrica en las facturas de la electricidad.

Ley 27/2007

A partir de ahora, los serán los encargados de facturar al cliente la consumida y no los , este pastel económico que incrementará seguramente la tarifa al crear un nuevo intermediario entre la y el consumidor, está esperando a última hora para darse a conocer.

¿Han tenido información sobre este hecho ?
Ni en la de la ( tal como se hizo con el gas), ni por información de los , no hay información al público, aunque algunos abonados si que la están recibiendo en el último recibo, tarde, muy tarde.

Listado de registrados en el Ministerio de industria - Aqui

Empreas comercializadoras mercado libre ( Según www.idae.es)

Según el www.idae.es:

Consumidores de electricidad y/o gas natural
La regulación distingue dos tipos de consumidores:
a) Los consumidores cualificados que son aquellos que han optado por traspasar su consumo al mercado liberalizado y, comprar a través de un comercializador, con el que pueden pactar el precio del Suministro, así como la adquisición conjunta de otros bienes y servicios.
b) Los consumidores a tarifa, que son aquellos que han preferido seguir siendo suministrados por empresas distribuidoras a precios regulados o bien, han optado por volver a tarifa, una vez que han sido suministrados, durante un periodo, en el mercado liberalizado.


eléctrica. El consumidor español tiene el derecho a elegir su suministrador de electricidad en condiciones reguladas (Precios que no se pueden negociar) o pactando libremente las condiciones económicas del suministro con un comercializador.

Las de último recurso, que son precios máximos establecidos por la Administración para determinados consumidores, para quienes se concibe el suministro eléctrico como servicio universal, serán los precios máximos y mínimos que podrán cobrar los , que asuman las obligaciones de suministro de último recurso, a los consumidores que, de acuerdo con la normativa vigente para estas , se acojan a las mismas.

Según la cne.es :

Los de electricidad compran electricidad a los productores, a través del mercado mayorista (pool) ó bien directamente a través de contratos bilaterales físicos, y la venden a los consumidores a precio libremente pactado.

Ejercen su actividad en competencia, ofreciendo por tanto precios y condiciones sin ninguna restricción. También pueden ofrecer cualquier otro tipo de bien ó servicio.

Es, por tanto, a estas empresas a las que nos dirigiremos para negociar con ellas la compra de gas natural y electricidad, si queremos adquirir estos servicios en el mercado liberalizado.

Las empresas comercializadoras de electricidad autorizadas a operar en nuestro país se encuentran inscritas en el Registro Administrativo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio .

¿ Qué hacen los ?

- Adquieren la electricidad en el mercado mayorista (pool), o directamente mediante contratos bilaterales físicos.

- Gestionan en nombre del consumidor el acceso a las redes.

- Captan y venden electricidad a clientes cualificados.

¿Qué ofrecen?

- Suministro de electricidad en condiciones libremente pactadas.

- También pueden ofrecer otros productos y servicios.

¿Qué requisitos deben cumplir?

- Estar autorizados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

- Aceptar las Reglas del Mercado y depositar una fianza en el OMEL (Compañía Operadora del Mercado Eléctrico Español).

Es importante resaltar que si bien la empresa comercializadora puede gestionar el contrato de acceso a redes con la empresa distribuidora, el titular de dicho contrato es el consumidor.

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Comentario

Información Bitacoras.com…

Valora en Bitacoras.com: Si, a un mes de la fecha todavía no se ha publicitado este cambio de regulación que a partir de ese día entrará en vigor. Así como el cambio de regulación en el sector del Gas se publicitó y las compañías se ofrecieron…

Creo que es una desfachatez total el no darnos la informacion pertinente. Y como tu dices ni nos han informado. Realmente que iremos hacer, no creo que nos pongamos de acuerdo en menos de 1 mes.

Precisamente eso es lo que les interesa, si el abonado no hace nada. Seguirá con la compañía que tiene actualmente el contrato, es decir, con ellos mismos, con lo que cuanta menos gente se entere mejor, seguirán siendo sus clientes.

Cuando ocurrió lo mismo con el gas, meses antes en la factura incluyeron un documento con los comercializadores que podías elegir, ahora no.

Siempre se podrá uno cambiar después, pero ya habrá pasado tiempo ¿Pagando más o pagando menos? no lo sabemos.

Tremendo.
Aquí me tienes, mirando en internet, y ni siquiera se que buscar.
¿Que empresas comercializan en Huesca? Porque claro, esa es otra, ¿cualquier empresa en cualquier punto de España?
Y los telefonos de info, casi todos 902, o sea, además de que no sabes nada de nada, para saber tienes que pagar.

Me hace gracia lo de “precio libremente pactado entre ambas partes”, jajaja, esto que es… que voy a poder regatear?
Mira, es que los de al lado me ofrecen 5, si me bajas a 5, me quedo contigo y no me voy con los otros.
JA!!! que se lo han creido.
Pagarás más!, fijo!
Para empezar, en una de ellas, he leído lo del alquiler del contador.. !si yo ya tengo uno!, pues no vale, te lo cambias al mio que además cuesta X al mes.
Vergonzoso.
Que es electricidad, qeu no son zapatos!!!

Definitivamente debeo buscar lo mas pronto una solucion a este problema. Tendre definitivamente problemas con mi contador que me aconsejas? Hasta pronto.

De momento hay que esperar .

¿ A que no habéis visto a las empresas ofrecerse a los clientes? , ni ellos tienen claro todavía como va a ser.

Esperar, esperar ….

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