ECONOMÍA – ¿Como vamos a cobrar los 400€ del Gobierno? . Aqui tenemos el ejemplo del “reparto” a lo largo del año.

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¿Cómo se calculan ahora las rentenciones del IRPF? Lea los ejemplos – Expansión.com

¿Cómo se calculan ahora las rentenciones del ? Lea los ejemplos

Ejemplo un : aplicación de los 400 euros.

Datos de partida

Trabajador de 32 años cobra 2.000 € al mes con 14 pagas (extras junio y diciembre), en total 28.000 € al año. Sin hijos. Situación familiar tipo 3 ( no manifiesta).

La retención 2008 sin aplicar la rebaja de los 400 € sería de un tipo del 17%, es decir , todos los meses le retendrían 340 € y los meses de junio y diciembre 680 €. El total de practicadas sería de 4.760 € ( 340 * 14 ).

Aplicación de los 400 € como de la cuota líquida del IRPF

En primer lugar, se ha de observar como la retención total soportada durante el año supera los 400 €, por lo que en principio se tendría derecho al cobro de los 400 € en su totalidad.

Nómina de Junio

Cobro de 200 € ( o la cantidad menor que corresponda) como resultado de disminuir las retenciones soportadas. En el ejemplo:

Paga de junio…………………………………………4.000 € (2000*2)

Retenciones de junio……………………………..(-).680 € ( 4000* 0,17 )

Abono anticipado de los 400 €……………… 200 € ( máximo posible)

A cobrar ( faltarían de seg.social)…..3.520 € ( sólo ha habido 480 € de retención efectiva)

A partir del mes de julio

Efectúo una regularización , pero suponiendo que las circunstancias permanecen invariables, por lo que el previo anual de la retención para el trabajador no cambia, es decir , sigue siendo de 4.760 € (aplicar el 17% al total de retribuciones previsibles de 28.000 €)

Al importe previo anual de la retención, le tengo que descontar dos cantidades:

a) Las retenciones previas hasta el mes de junio inclusive, que le han sido efectivamente practicadas. Es decir, 2.180 € ( 340 * 5 + 480)

b) 400 €

La diferencia sería la cantidad que hay que retener hasta final de año , es decir:

4.760 – 2.180 – 400 = 2.180 € es lo que falta por retener.

Lo que falta por retener , se divide entre lo que se va a cobrar hasta fin de año para hallar el nuevo tipo de retención. Novedad de la norma es que el nuevo tipo de retención no se redondea hasta la unidad superior o inferior sino que se le aplican dos decimales.

De esta forma se consiguen recuperar la cantidad que falta hasta 400 € como bajada del tipo de retención a partir del mes de julio.

En nuestro ejemplo:

2.180 € es la retención a practicar hasta fin de año

14.000 € ( 28.000/2) es lo que falta por cobrar hasta fin de año.

Tipo de retención a partir de julio ( t)

t = 2.180 / 14.000 = 15,57 %

2.000* 15,57 % = 311,40 € mensuales salvo el mes de diciembre ( dos pagas) que serían 622,80 €.

Meses de julio a diciembre

Retenciones practicadas con la nueva normativa :

311,40 * 5 + 622,80 = 2.179,80

Retenciones antigua normativa:

340 * 5 + 680 = 2.380 €

Ahorro que le supone al trabajador: 2380 –2179,80 = 200,20 €

El trabajador ha percibido 200,20 + 200 = 400, 20 € distribuidas de la siguiente forma:

Meses Importe

Junio 200

Julio 28,60 ( 340-311,40)

Agosto 28,60 ( 340-311,40)

Septiembre 28,60 ( 340-311,40)

Octubre 28,60 ( 340-311,40)

Noviembre 28,60 ( 340-311,40)

Diciembre 57,20 ( 680-622,80)

Total 400,20 €

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